El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha suspendido de manera cautelarísima el acuerdo del Gobierno de la comunidad autónoma del 2 de septiembre por el que ordenó a los responsables de los centros para menores llegados en patera que no aceptaran a ninguno más sin su autorización expresa.
La Sala de lo Contencioso Administrativo toma esta medida de manera urgente, sin escuchar aún las razones del Gobierno de Canarias (que ahora dispone de tres días para alegar lo que estime) y como complemento del auto por el que hace dos semanas suspendió también el protocolo de acogida aprobado por la comunidad el 12 de septiembre.
El TSJC deja sin efecto provisionalmente ese acuerdo del Consejo de Gobierno que preside Fernando Clavijo a petición de la Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado, porque sus magistrados entienden que “puede comprometer los intereses de un colectivo especialmente vulnerable”, el de los menores extranjeros solos.
El Gobierno canario dio esa orden a las ONG que gestionan sus centros ante el colapso que estos soportan desde hace meses y en vista de las deficiencias que apreciaba en la documentación que la Policía facilita sobre los menores cuando se los entrega.
La Sala entiende que aplicar esa instrucción implica que los menores “no van a ser recepcionados de manera automática en los centros de acogida gestionados por las entidades colaboradoras contratadas por el Gobierno del Canarias, sino que esta recepción queda supeditada a la previa comunicación de conformidad o a la autorización expresa de las autoridades autonómicas competentes”.
“Del texto del acuerdo se desprende, además, que la pretensión de la comunidad autónoma es que los menores queden bajo la guarda y custodia de la autoridades estatales encargadas de su recogida en el mar y posterior identificación, suspendiendo la recepción de nuevos menores migrantes a cargo de los recursos autonómicos”, añade.
Sin entrar aún en el fondo del asunto, lo que resolverá cuando dicte sentencia sobre el recurso interpuesto por la Red Española de Inmigración, el TSJC adelanta que, a su juicio, se trata de una “una medida que altera de manera sensible el procedimiento de entrega y asistencia de los menores migrantes no acompañados que hasta entonces se venía observando y cuya puesta en práctica puede comprometer los intereses de este colectivo especialmente vulnerable”.
“De ahí que apreciemos la especial urgencia en la adopción de la medida”, añade la sección provincial de Las Palmas de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC, que hace suyos expresamente los argumentos de la sección de Santa Cruz de Tenerife por los que se suspendió también el protocolo de acogida, a petición de la Fiscalía.
En ese auto de Tenerife, la Sala abogaba por dar prioridad “a un principio de elemental cautela” y recomendar a las dos administraciones en litigio, Ejecutivo canario y Gobierno de España, “la búsqueda de espacios de encuentro que propicien el logro de actuaciones coordinadas en el marco de un clima de lealtad y colaboración institucional”.
Para los magistrados, ello “se antoja indispensable para abordar el fenómeno de la inmigración irregular y su singularísimo impacto que tiene en el ámbito de la comunidad autónoma de Canarias”.
Este martes, el Consejo de Ministros también decidió impugnar ante el Tribunal Constitucional ese acuerdo del Gobierno canario y su protocolo posterior al entender que atribuye al Estado competencias que son autonómicas (la primera acogida de los menores) y vulnera los derechos de los niños y adolescentes afectados.
NOTA: las imágenes pertenecen a la Agencia Efe (Gelmert Finol y Adriel Perdomo).