Agentes de la Guardia Civil pertenecientes al Equipo del Servicio de Protección de la Naturaleza (EPRONA) de la Comandancia de la Guardia Civil de Santa Cruz de Tenerife investigan a un individuo el cual poseía un núcleo zoológico ilegal en pleno centro de la localidad de Santa Cruz de Tenerife con un gran número de animales sin la preceptiva autorización para su tenencia.
Los animales se encontraban en una terraza y en el interior del domicilio del investigado. Los agentes localizaron alrededor de 50 aves y 20 anfibios, 4 reptiles y una gran cantidad de peces. Asimismo, en el lugar también se encontró un coral marino protegido.
Las condiciones higiénico-sanitarias de los animales eran muy deficientes, jaulas y acuarios deteriorados, comida con insectos y esparcida por el suelo, acumulación de excrementos, así como ausencia de tratamientos veterinarios.
Por parte de los agentes actuantes se procede a la incautación de los siguientes ejemplares: una tortuga leopardo (Stigmochelys pardalis), un perico rosado (Neopsephotus bourkii) y un coral naranja arborescente (Dendrophyllia ramea), todos ellos incluidos en el Anexo B del Reglamento Europeo relativo a la protección de especies de fauna y flora silvestres; asimismo, se procede a la retirada de un sapo asiático (Duttaphrynus melanostictus) al tratarse de una especie exótico-invasora. Todos ellos son depositados en el Centro de Recuperación de Animales Salvajes (CRAS) de la “Fundación Neotrópico”. Finalmente, se aprehende un individuo de gorrión moruno (Passer hispaniolensis) al ser una especie silvestre el cual se prohíbe el comercio y la tenencia, siendo entregado en el Centro de Recuperación de fauna silvestre ‘La Tahonilla’.
El EPRONA de Santa Cruz de Tenerife, procedió a la investigación del propietario por un posible delito relativo a la protección de la flora fauna y animales domésticos, además de propuesta para sanción por diversas infracciones administrativas a los diferentes organismos públicos.
Legislación
• Código Penal. Artículo 334.
a) Pena de prisión de seis meses a dos años.
b) Multa de ocho a veinticuatro meses.
• Ley 8/1991, de 30 de abril, de protección de los animales.
Sanciones de 150 a 1.502 euros.
• Ley 8/2003 de 24 de abril de sanidad animal.
Sanciones de 3.001 a 60.000 euros.