Agentes de la Guardia Civil pertenecientes Equipo de Protección de la Naturaleza (EPRONA), investigan a una mujer, vecina de Granadilla, acusada de un delito intrusismo laboral-profesional.
Los agentes tienen conocimiento de que un establecimiento dedicado a la peluquería canina, podría estar realizando actividad no compatible con su trabajo por lo que, inician una investigación y a raíz de la información y documentación obtenida a lo largo de la misma, se procede a realizar una inspección en el local.
Durante la inspección se puede comprobar que en el establecimiento se llevan a cabo esos tratamientos, profilaxis dental sin anestesia, se localiza material utilizado en los mismos, herramientas e instrumentos quirúrgicos, gasas, vendas, y hasta un medicamento de uso en humanos, entre otras cosas.
Los agentes solicitan diversos informes técnicos uno al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses para analizar el producto farmacéutico localizado durante el registro, el cual según se certifica no es apto para utilizarlo en animales y otro al Facultativo Colegiado Veterinario, para certificar el intrusismo laboral, ya que ese tipo de procedimientos debe ser realizado por veterinarios bajo anestesia general.
Como resultado de las investigaciones llevadas a cabo, se comprueba que se estaba realizando esa práctica ilícita, por lo que se procede a la investigación de una persona acusada de delito de falsedades (intrusismo laboral), por ejercer profesión sin titulación reglada habilitante, así como tres denuncias administrativas en materia de sanidad animal-protección animal, uso de medicamentos y de actividades clasificadas.
La investigación continúa abierta para el análisis de la documentación.
Legislación
Infracción Penal.
Código Penal. Delito de falsedades (intrusismo laboral Art.403), pena de prisión de seis meses a 2 años, pena de multa de doce a veinticuatro meses.
Infracciones Administrativas.
Ley 8/1991, de 30 de abril, de protección de los animales, Infracciones graves y muy graves multa 150.1 a 15.000 euros.
Ley 7/2011, de 5 de abril, de actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias. Multas de hasta 30.000 euros. Clausura del establecimiento, cese definitivo o revocación de la licencia o título habilitante. Suspensión temporal.
Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. Infracciones graves con multa 30.001 a 90.000 euros. Medidas accesorias como cierres de establecimiento.
Para cualquier aclaración pueden ponerse en contacto con la Oficina de Prensa de la Comandancia de la Guardia Civil de Santa Cruz de Tenerife, teléfono de contacto 696943009 o 922648500, ext.1620425-1620608.







