El Cabildo de Tenerife ha aprobado una moción en la que continuará con el expediente de declaración de Bien de Interés Cultural de la escultura de Juan Ávalos en Santa Cruz de Tenerife en cumplimiento de la sentencia judicial del 28 de junio de 2024.
El Pleno de la Corporación insular aprobó este pasado jueves (31 de octubre) una propuesta en donde se recoge que “de conformidad con lo resuelto en sede judicial, una vez iniciado el correspondiente procedimiento administrativo de declaración de Bien de Interés Cultural, continuar con la ordenación, instrucción y finalización del mismo de acuerdo con la Ley de Patrimonio Cultural de Canarias”.
Asimismo, la propuesta acordada recoge que “concluido el expediente referido en el apartado anterior, por el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife se deberán aplicar las medidas que correspondan en el marco de lo previsto en el Artículo 35 de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática; ya sea de retirada, eliminación, conservación o resignificación de la escultura citada”.
El acuerdo recoge que la democracia “es el sistema político en el que la voluntad del pueblo es la base del poder. Después de la dictadura franquista, se instaura un sistema democrático garante de los derechos y libertades de la ciudadanía que, a través de la búsqueda de la reconciliación y la concordia, permite a nuestra sociedad avanzar en la senda de la convivencia democrática”.
En este contexto, desde la transición política hasta la Constitución española, la mayoría de las organizaciones políticas han coincidido en la necesidad de promover la democracia y la reconciliación. Uno de los instrumentos que sirve a ese propósito es la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática (LMD).
“La Ley no debe ser vista como una herramienta de confrontación, sino como un instrumento para promover la reconciliación y el respeto por los derechos humanos. Es necesario que todas las fuerzas políticas y sociales se comprometan en la construcción de una memoria democrática que reconozca el sufrimiento de todas las víctimas y promueva la convivencia pacífica y el respeto mutuo”, asevera el texto de la moción acordada.
Por otra parte, el Artículo 46 de la Constitución Española dispone que: “Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio”. El Artículo 27.2 del Estatuto de Autonomía de Canarias dispone que: “Todas las personas tienen el deber de respetar y preservar el patrimonio cultural de Canarias en todas sus manifestaciones”.
El artículo 35 LMD se refiere a los símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática. El apartado 6 de ese artículo dispone a su vez que: “Lo previsto en los apartados anteriores no será de aplicación cuando las menciones sean de estricto cumplimiento privado, sin exaltación de los enfrentados, o cuando concurran razones artísticas o arquitectónicas protegidas por la ley”.
Por otra parte, el artículo 12. de la Ley 11/2019, de 25 de abril, de Patrimonio Cultural de Canarias establece los instrumentos de protección del patrimonio cultural de Canarias: el Registro de Bienes de Interés Cultural; el catálogo insular de bienes patrimoniales culturales y el catálogo municipal de bienes patrimoniales culturales.
En ese marco legal, “existe una gran controversia acerca de una escultura de Juan de Ávalos, ubicada en la Avenida Francisco La Roche, de Santa Cruz de Tenerife, dado que fue erigida durante los años de la dictadura mediante cuestación popular como monumento al dictador”.
“Habiéndose solicitado por la Real Academia Canaria de Bellas Artes de San Miguel Arcángel y por la Asociación para la Investigación y Protección del Patrimonio San Miguel Arcángel la incoación de procedimiento para la declaración de Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, a favor de la Escultura de Juan de Ávalos García- Taborda, se resolvió por el Director Insular de Coordinación y Apoyo al Presidente, en sustitución del Director Insular de Planificación del Territorio y Patrimonio Histórico del Cabildo Insular de Tenerife, con fecha 9 de marzo de 2022, la desestimación de ambas solicitudes”, recuerda el acuerdo.
Presentado recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación para la Investigación y Protección del Patrimonio San Miguel Arcángel contra la citada resolución, tuvo lugar el Procedimiento Ordinario núm. 522/2022 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 3 de Santa Cruz de Tenerife, se dictó Sentencia de fecha 28 de junio de 2024, acordándose estimar el Recurso Contencioso-Administrativo promovido, condenando al Cabildo Insular de Tenerife a incoar expediente para la declaración de BIC el monumento de Juan de Ávalos.
“Por Resolución de la directora Insular de Planificación Territorial, Paisaje y Patrimonio Histórico, de 19 de septiembre de 2024, se dio cumplimiento a la citada sentencia judicial. Se trata, por tanto, de un procedimiento incoado que se resolverá una vez se den los trámites correspondientes”, finaliza el acuerdo.